sábado, 26 de septiembre de 2015

Actividad del Consejo Consultivo del Hospital El Carmen con Adultos Mayores en la Iglesia Cristo Resucitado

Estimados socios, lectores y comunidad maipucina:

El día Viernes 25 de Septiembre se desarrolla en la Iglesia Cristo Resucitado, una conversación con la comunidad de adultos mayores, en la que el Consejo Consultivo de Salud con la colaboración de la encargada de participación Gloria Jiménez, encargada de investigación Marta Erazo y miembros de la escuela de Salud Pública Rocío Cid y Miguel Pérez, generan un diálogo participativo referente a su atención en el Hospital el Carmen.

En la actividad los vecinos usuarios del hospital mencionaron problemas de cataratas, de largas esperas en operaciones de oftalmología y poca atención en la consulta por parte de los médicos.


En palabras de los Adultos Mayores:

 "Tenemos un hospital nuevo sin médicos"

"Me dijeron que me iban a llamar por un problema de la vista y todavía no me llaman"


                              Por parte nosotros como Consejo Consultivo, argumentamos:

Cada uno es importante para la comunidad, los usuarios nos hemos organizado y vemos estos problemas , todos se adjudican nuestra representatividad pero el sistema sigue igual, sin cambios.

Todas las regiones se han organizado y llevarán una persona a Valparaíso , donde se verá como actuaremos como país, de manera de hacer notar nuestras demandas desde el mundo usuario.

La OIRS está en todos los centros de salud, pídanlo y ejerzan su derecho a reclamo, dejando un documento escrito, por ley le tienen que responder y cuando te atienden bien, hay que hacerlo saber (debemos dejarlo escrito) 

Usted tiene derecho a conocer la identidad del funcionario, necesitamos educarnos, vamos a organizar escuelas de salud para mostrar y enseñar colectivamente a los dirigentes como aplicar la ley, exija está en su derecho.

¡Vecinos tenemos que defender la Salud Pública!


Inscríbanse, nosotros vamos a luchar por los suyos
























martes, 8 de septiembre de 2015

Declaración pública por los recientes acontecimientos ocurridos en el hospital (renuncia del Jefe de Pabellón) y efectuando nuestra labor como Control Social

                                                                                                                                                     Santiago, 07 de Septiembre
                                                  
Declaración Pública:
                                                                                                                                                    

                             
Por medio de la presente, como Consejo Consultivo de los usuarios y en nuestro deber como ejecutores de CONTROL SOCIAL, hacemos pública nuestra opinión referente a los acontecimientos recientes en dicho centro hospitalario y que vienen a ratificar su deficiente administración en la gestión de medidas internas que ayuden a una mejoría en la calidad de la atención del paciente en las diferentes dependencias.

Hacemos saber a la comunidad que este consejo consultivo de salud desde hace algún tiempo, expresó en reuniones con la dirección, y, gremios, que el hospital se encuentra en continua crisis, pidiendo su intervención al Servicio Central y Ministerio de salud.

En este contexto, exponemos las siguientes situaciones que enmarcan la realidad cotidiana de las reuniones realizadas por el consejo, ya que estas no generaban fruto concreto en la mejora de las prestaciones entregadas en el HEC, no significando ni entregando respuestas a  la comunidad usuaria organizada y representada por el directorio del Consejo Consultivo de Salud. Negando por parte de la dirección, estadísticas y diagnósticos de lo que acontece en el hospital en cuanto a su administración para nuestra reflexión y posterior acción, pasando a llevar la importante opinión expresada por el Consejo Consultivo, una muestra clara de ello es contratación, acreditación y  la implementación de un equipo de salud comunitaria, que funciona paralelamente, a este consejo, significando un costo extra de una cifra aproximada de  6 millones  de pesos mensuales por parte de la administración, que a 8 meses de su funcionamiento no ha demostrado impacto sanitario en el territorio, estos dineros bien podrían ser utilizados en la contratación de médicos especialistas necesarios en este hospital.


En esta ocasión, nuevamente la administración, demostrando su deficiencia ha incurrido en un nuevo conflicto con fecha 1 de Septiembre, producto de no ser considerada la opinión técnica en la implementación de 12 camas de hospitalizados en dependencias de pabellón y con funcionarios de dicha unidad. Siendo que no se cuenta con autorización sanitaria para dicho servicio, no hay box ni climatización individual ni aislada, antes de sumar este nuevo servicio crítico; en palabras del Jefe de Pabellón que posteriormente renunció, “se debería solucionar el grave déficit asistencial en el servicio de urgencia médico y quirúrgico”.

Cronológicamente, la renuncia entregada el 31 de Agosto se hace efectiva con fecha 1 de Septiembre donde se suscita un paro de los especialistas del área de pabellón y anestesistas con el equipo de funcionarios, producto del cual se procede a tomar medidas sumarias por parte de la dirección del hospital a todos los presentes en ese turno.

Hoy 7 de Septiembre se realiza una asamblea donde el capítulo médico del hospital da a conocer esta problemática con presencia de los Diputados Juan Luis Castro (PS) y Carla Rubilar (UDI),  quienes escucharon las peticiones de los médicos y funcionarios presentes, que demandaron medidas anti-democráticas por parte de la dirección al intentar instalar una área sin los permisos correspondientes, sin considerar la opinión técnica de la jefatura y la posterior instauración de sumarios impulsados por esta administración hospitalaria

Sabemos que a la ciudadanía le inquieta la paralización de operaciones enfocadas a las listas de espera suspendidas por la renuncia del Jefe de pabellón y del Jefe anestesista. Pese a ello, en esta  asamblea se comentó  que mejorando la gestión de cirugías, se traduciría en mayor cantidad de operaciones anuales, impactando en la reducción de las listas de espera en cirugías, puesto que producto de errores de administración se suspenden en promedio 5 cirugías programadas, diarias por fallas de preparación de los pacientes y fallas en la programación, lo que significaría 1500 cirugías anualmente.
De hecho el HEC tiene una lista de espera de 60.000  personas a la espera de una atención.

Es debido a esta situación, que expresamos para conocimiento de la comunidad, vecinos, ciudadanos y pobladores de Maipú que:

- A la fecha no se cuenta con reglamento interno del hospital para conocimiento de los usuarios, así,  incumplimiento lo dispuesto en el artículo 33° de la Ley 20.584, que regula los Derechos y Deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su Atención de Salud.

- A la fecha, no existe comité de ética


Hacemos un llamado a la comunidad usuaria de Maipú-Cerrillos a estar expectantes y vigilantes de lo que acontece en nuestro Hospital El Carmen.


                                                 Atentamente a ustedes
                                       Consejo Consultivo ampliado Hospital El Carmen

Con copia:
-Ministerio de Salud
-Servicio de Salud Metropolitano Central
-Comunidad Maipu-Cerrilos toda
-Escuela de Salud Pública Doctor Salvador Allende, programa de salud y comunidad
-Medios de comunicación locales y nacionales

De la Asamblea

Art.18º La asamblea será el órgano resolutivo superior en la organización y estará constituida por la reunión del conjunto de sus afiliados. Existirán asambleas generales ordinarias y extraordinarias, las que deberán celebrarse con el quórum señalado en los presentes estatutos.
           
Art.19º La asamblea general ordinaria se celebrará a lo menos mensualmente, y en ellas, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses de la organización
En la asamblea del mes de Marzo, se fijará la cuota ordinaria, que será de  $ 500 mensuales y ésta aumentará de acuerdo al I.P.C. anual.  En dicha asamblea se dará cuenta de la marcha de la organización y se designará, si no se hubiese designado, la Comisión de Elecciones, compuesta de cinco miembros y la Comisión Fiscalizadora de Finanzas, compuesta de tres miembros.

       
Art.20º La asamblea general ordinaria será convocada por el Presidente y el Secretario o por acuerdo del directorio.
Art.21º Toda convocatoria a asamblea general ordinaria se hará con cinco días de anticipación, mediante la fijación de carteles en lugares visibles del sector. También podrá enviarse la citación por cartas, llamados telefónicos, correos electrónicos u otros dirigidos a los afiliados

Art.22º Los carteles a que se refiere el artículo anterior, deberán permanecer  durante cinco días anteriores hábiles a la asamblea, y deberán contener, a lo menos, el día, hora y lugar de su celebración, las materias y objetivos a tratar y tipo de asamblea de que se trata

Art.23º Las asambleas generales ordinarias se efectuarán con los socios que asistan y los acuerdos se tomarán por la mayoría de los presentes, salvo que la ley exija un quórum especial. Cada socio tendrá derecho a un voto el cual será unipersonal e indelegable

Art.24º Las asambleas extraordinarias se convocarán cuando lo exijan las necesidades de la organización o la ley Nº 19.418  así lo establezca, y en ellas sólo podrán tratarse y adoptarse acuerdos respecto de las materias específicamente señaladas en la convocatoria. Dichos acuerdos serán del 50% más uno de los asistentes a la asamblea .Las citaciones a estas asambleas se efectuarán por el Presidente a iniciativa del directorio, o por requerimiento de a lo menos veinticinco por ciento de los afiliados, con una anticipación mínima de cinco días a la fecha de su realización y la citación se hará en la misma forma que se señala en el artículo 21º de los estatutos. El quórum para sesionar en asamblea extraordinaria  será de un 15% de los socios inscritos. Deberá quedar un registro de los socios que solicitan dicha asamblea extraordinaria. La votación deberá ser secreta.

Art.25º Deberán tratarse en asamblea general extraordinaria las siguientes materias:
          
1.- La reforma de los estatutos
        
2.- La adquisición, enajenación y gravamen de los bienes raíces de la organización;
          
3.- La determinación de las cuotas extraordinarias
          
4.- La exclusión o la reintegración de uno o más afiliados, cuya determinación deberá hacerse en votación secreta, como asimismo la cesación en el cargo de dirigente por censura, según lo dispuesto en la letra d) artículo 24º de la Ley 19.418
           
5.- La elección del primer directorio definitivo;
           
6.- La disolución de la organización, y
           
7.- La incorporación a una Unión Comunal o el retiro de la misma
         
Art.26º De las deliberaciones y acuerdos que se produzcan en las asambleas generales, ordinarias como extraordinarias se dejará constancia en el libro de actas, que deberá ser llevado por el secretario de la organización.

De los Socios

Art. 6º Serán socios de Consejo las personas naturales que tengan a lo menos 15 años de edad, que tengan su domicilio en las comunas de Maipú y Cerrillos. Las personas que deseen incorporarse a esta organización funcional deberán inscribirse en los registros de socios correspondientes.
    
Art.7º La calidad de socio se adquiere:

1.-Por su suscripción voluntaria y personal del Acta de Constitución, o
2.-Por inscripción en el respectivo registro de afiliados una vez constituida la Organización.
   
Art.8º La organización deberá llevar un registro público de todos sus afiliados,con los siguientes datos a lo menos:

*  Número de registro y fecha de ingreso
       
*  Nombre completo del socio
       
*  Domicilio en Maipú
       
*  Firma o impresión digital (si no sabe escribir)

         Dicho registro se mantendrá en la sede Comunitaria a disposición de cualquier socio que desee consultarlo y estará a cargo del Secretario de la organización.

Del Tesorero

Art.48º Son atribuciones del tesorero: ]

1.- Cobrar las cuotas de incorporación, ordinarias y extraordinarias y otorgar los recibos correspondientes

2.- Llevar la contabilidad de la organización
3.- Mantener al día la documentación financiera de la organización, especialmente el archivo  de facturas, recibos y demás comprobantes de ingresos y egresos.

4.- Preparar un balance anual o cuentas de resultados, según el sistema contable que adopte y someterlo a consideración de la asamblea
 5.- Mantener al día el inventario de los bienes de la institución
           
6.- Realizar las demás gestiones relacionadas con sus funciones que el directorio o el presidente le encomienden

7.- La apertura de libreta bancaria deberá ser bi-personal

Del Secretario

Art.47º Son atribuciones y deberes del secretario:

1.- Llevar libros de actas del directorio, de las asambleas generales y el registro de afiliados. Este registro deberá contener a lo menos los datos señalados en el artículo 8º de los presentes estatutos
           
2.- Despachar las citaciones a asamblea general y reuniones del directorio y confeccionar los carteles a que se refieren los artículos 22º y 23º de los datos señalados en el artículo 8º de los presentes estatutos
           
3.- Recibir y despachar la correspondencia
           
4.- Autorizar con su firma las actas de reuniones de directorio y de las asambleas generales, y otorgar copias autorizadas de ellas cuando se los soliciten
           
5.- Enviar al secretario Municipal, en el mes de marzo de cada año, copia actualizada y autorizada del registro de afiliados y enviar cada seis meses certificado de las nuevas incorporaciones  o retiros, del registro de asociados

           
6.- Realizar las demás gestiones relacionadas con sus funciones, que el directorio o el presidente le encomienden

Del Presidente del directorio

 Art.45º Corresponderá al presidente del directorio, entre otras, las siguientes atribuciones
           
1.- Citar a asamblea general ordinaria o extraordinaria

2.- Ejecutar los acuerdos de las asambleas

3.- Representar judicial y extrajudicialmente a la organización según los dispuestos en el inciso 2º del artículo 4º de la ley 19.418 ,sin perjuicio de la representación que le corresponde al directorio, conforme a lo señalado en la letra e) del artículo 23º de dicha ley.

4.- Rendir cuenta anualmente a la asamblea del manejo e inversión  de los recursos que integran el patrimonio de la organización y del funcionamiento general de ésta durante el año anterior
Lo anterior, se entiende sin perjuicio de las facultades que sobre las materias indicadas le corresponda al directorio, a la asamblea, según lo exijan la ley o los estatutos

Art.46º Como administrador de los bienes de la organización,el presidente está facultado para realizar,sin necesidad de autorización de la asamblea,los siguientes actos: abrir y cerrar cuentas de ahorro y cuentas corrientes en bancos comerciales u otras instituciones de crédito y girar vista,a plazo o condicionales y retirarlos,girar,aceptar,descontar,endosar en todas formas y hacer protestar letras de cambio,cheques,pagares;y además documentos mercantiles;estipular en cada contrato que celebro los precios,plazos y condiciones que juzgue convenientes, anular, rescindir, resolver, revocar y res-ciliar los contratos que celebre; exigir rendiciones de cuentas;aceptar o rechazar herencias con beneficio de inventario y concurrir a los actos de partición  de las mismas;pedir y aceptar adjudicaciones de toda clase de bienes;convenir y aceptar estimación de perjuicios,recibir correspondencia,giros y encomiendas postales;cobrar y percibir cuanto se adeudare la organización por cualquier razón o título; conferir mandatos; someter asuntos o juicios a la decisión de jueces árbitros, nombrar síndicos, depositarios, tasadores, liquidadores y demás funcionarios que fuese necesario .Dichas acciones serán acordadas y autorizadas por el directorio. Toda apertura de libreta de ahorro bancaria deberá ser bipersonal. Serán el presidente y el  tesorero responsables de dar fiel cumplimiento a este artículo
Para la realización o celebración de otros actos o contratos, será menester un acuerdo de la asamblea general que lo autorice

Del Directorio

Art.29º El directorio tendrá a su cargo la dirección y administración superior de la organización en conformidad a la ley 19.418 y  al presente estatuto

Art.30º El directorio deberá estar compuesto por tres miembros titulares, los cuales serán elegidos por los socios mediante votación directa, secreta e informada por un período de tres años, en la asamblea general ordinaria resultando elegidos aquellos socios que en una misma votación obtengan las más altas mayorías

¿Cuales son los objetivos y funciones que llevan a fundar el consejo consultivo de Salud Dr. Valentín Ferrada?



OBJETIVOS GENERALES
1.- Dar a conocer los Derechos y Deberes de los usuarios conforme a la Ley 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. Además, deberá exigir el cumplimiento de esta ley a las autoridades pertinentes
2.- Informar a las organizaciones sociales y comunidad en general sobre el funcionamiento del Hospital.
3.- Conocer las Políticas, planes, programas y acciones de la Administración hospitalaria. Además, deberá  informarse sobre la ejecución presupuestaria del Hospital, conforme a instructivo presidencial vigentes.


OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1.- Impulsar acciones de trabajo en conjunto entre los equipos de salud del Hospital y la Comunidad.

2.-  El consejo Consultivo impulsará actividades comunitarias tendientes a la Promoción y prevención de la salud de los vecinos, desde la perspectiva BIO-SICO-SOCIAL Y MEDIO AMBIENTAL.


3.-  Impulsar y contribuir al compromiso de los ciudadanos en el fortalecimiento del servicio público de salud.
FUNCIONES

1.- Representar a los afiliados ante cualquier autoridad o institución, con la finalidad de un desarrollo integral en gestiones de salud.

2.- Recoger opiniones e iniciativas de la comunidad y del personal del Hospital de Maipú, para mejorar constantemente la atención de los usuarios.

3.- El Consejo Consultivo podrá formar comisiones de trabajo, con la finalidad de estudiar e investigar temas atingentes a su funciones para el asesoramiento  y control social del Hospital

 Art.4º El Consejo no podrá perseguir fines de lucro y deberá respetar la libertad religiosa y política de sus integrantes, quedando prohibida toda acción proselitista.

Art.5º El Consejo Consultivo gozará de personalidad jurídica por el sólo hecho de constituirse conforme a la Ley Nº 19.418 y 20.500 y depositar sus estatutos en Secretaría Municipal.

Directiva del Consejo Consultivo de Salud Hospital El Carmen Dr Valentín Ferrada:

Nuestro directorio:

Presidente: Sergio Alvarez Villagrán , Mesa comunitaria Cesfam Ana María Juricic

Secretaria: Margarita Becerra Jaque, Unión Comunal Adulto Mayor Nº 1

Tesorera: Filomena Prieto Albrecht, Consejo CRS-Maipú


Diectores:
Nancy Candia Vergara: COSOC

Edmundo Lagos Oyarzún Cesfam Clotario Blest

Luis Vallejos Muñoz Cesfam Dr. José Eduardo Ahues

Colaboradores:
Cerrillos : Sr. Eduardo Nova y Ricardo Escobar.
Maipú : Sr. Rubén Azócar , Rocio Inostosa y Alberto Urrutia

Nuestra Historia


El consejo Consultivo del Hospital El Carmen de Maipú Cerrillos, nace a mediados de año 2013,
realizando una serie de actividades que nos dieron la legalidad para funcionar, nuestros
dirigentes fueron elegidos democráticamente en asamblea con todos los dirigentes de los Consejo de Desarrollo Locales de los Centros de Salud Familiar de Maipú y Cerrillos, Juntas de Vecinos, Uniones Comunales, Consejeros de la Sociedad Civil de Maipú (COSOC),Asociaciones de Trabajadores de la Salud de la Red Servicio de Salud Metropolitano Central, y Municipalidad de Maipú, Central Unitaria de Trabajadores (CUT comunal), Centros Culturales y Deportivos, Organizaciones de Voluntariado, y otros.
Marzo, mes de la mujer Para todas las mujeres en su mes, Marzo 2018 Homenaje al gran Dirigente Social Edmundo Lagos Categorización en tu atención de salud